Preguntas frecuentes
Lo primero que hay que hacer es la inscripción como empleador en la página de afip (alta en el impuesto), luego la inscripción o alta temprana de los empleados, luego contratar ART y Seguro de vida obligatorio y finalmente la inscripción en el sindicato correspondiente.
Una vez hechas las inscripciones iniciales, todos los meses antes del vencimiento de los plazos legales el empleador debe liquidar los recibos de sueldo de sus empleados, liquidar el libro de sueldos digital + cargas sociales (F931) en AFIP y las boletas sindicales en la página o software de dicho sindicato.
Si se puede, pero se debe tener cuidado con la escala de categorias del monotributo ya que tener empleados conlleva un gasto mensual (sueldos, cargas sociales y sindicato) determinado y por lo tanto los ingresos declarados con el monotributo deben ser suficientes para cubrir dichos gastos y dejar una ganancia razonable al empleador.
Para tener empleados se puede ser Monotributista, Autónomo (Resp. Inscripto), Consorcio o Sociedad.
Si, no hay un plazo de permanencia mínimo, pero para no ser más empleador no debe haber más personal a cargo del mismo, por lo tanto en caso de terminar la relación laboral se debe realizar la liquidación final y pagar la indemnización correspondiente según el motivo de la extición (renuncia, despido, etc) que inlcuirá distintos conceptos establecidos por la ley según el caso.
Si, no hay un «plazo de gracia» para inscribir al empleado. Desde el primer dia que comienza a trabajar debe estar inscripto en AFIP (Alta temprana). Lo que si existe en un período de prueba de 3 meses desde el comienzo de la relación laboral para que el empleador conozca las aptitudes del empleado y, en caso de no estar conforme con su labor, desvincularlo sin que ello tenga consecuencias indemnizatorias.
Según el sindicato del que se trate, los recibos de sueldo llevan distintos conceptos remunerativos, no remunerativos y descuentos que conforman el sueldo del empleado. Mes a mes los importes de estos conceptos pueden cambiar por diferentes factores, como ser faltas, horas extras, feriados, licencias, etc. y por la actualización de la escala salarial del convenio colectivo de trabajo.
En Estudio Contable AK nos encargamos todos los meses de revisar dichas actualizaciones para trasladarlas al recibo junto con las novedades que nos pasa el empleador.