Monotributo

Para pequeños contribuyentes

Tener tu Monotributo e impuestos al día nunca fue tan fácil!

¿Queres ser Monotributista o ya estas inscripto y necesitas tener todo al día? Tenemos la solución ideal para vos!

Inscripción inicial

Realizamos tu alta en monotributo, habilitamos tu facturación electrónica y solicitamos tu certificado Pyme para que puedas comenzar tu actividad en menos de 24hs.

Declaraciones juradas

Liquidamos todos los meses tus ddjj de ingresos brutos y te enviamos el volante de pago por mail para que estes siempre al día.

Recategorización

Hacemos tu recategorización semestral para ver si te mantenes, subís o bajas de categoría en tu monotributo en base a tu facturación anual.

Asesoramiento

Si te surgen dudas o tenes consultas sobre tus impuestos, vas a poder consultarlas on line de manera rápida y sencilla. Sin límites.

Preguntas frecuentes

El Monotributo es un régimen simplificado para personas físicas (no sociedades) que permite realizar una actividad económica de venta de productos o prestación de servicios de manera económica siempre y cuando se esté dentro de los parámetros establecidos en la ley, como por ejemplo el monto de facturación anual.

Beneficios:

  • Tenés acceso a cobertura de Obra Social y aportes Jubilatorios.
  • Representa un menor costo impositivo que ser Responsable Inscripto.
  • No tenés que presentar declaraciones juradas en AFIP.
  • Es más simple al ser un único pago mensual fijo.

Obligaciones:

  • Debes pagar el monotributo todos los meses antes del dia 20.
  • Es obligatorio facturar todos los ingresos de forma electrónica para blanquearlos.
  • Debes recategorizarte cada 6 meses en enero y julio todos los años si te corresponde subir de categoría.

Si, podes serlo sin ningún inconveniente. Son regímenes que van separados, no se suman los ingresos, ni pagás Ganancias por la facturación de tu monotributo. Además como ya te descuentan jubilación y obra social de tu recibo de sueldo, no lo vas a tener que pagar en el monotributo, con lo cual tu cuota mensual fija será menor.

Casi cualquier actividad económica puede ser inscripta en el monotributo, solo algunas pocas estan excluidas (como por ejemplo las actividades financieras).

Podes tener hasta 3 actividades o fuentes de ingresos en paralelo, en caso de querer tener mas, deberás pasar al régimen general como Responsable Inscripto.

Además por tabla hay algunos límites, que en caso de superarlos producen la exclusión de oficio del Monotributo y el pase a Responsable Inscripto. Los más importantes son por un lado el monto máximo de facturación anual que en 2023 es: $5.650.236,51 para servicios y $8.040.721,19 para ventas y por otro lado el valor máximo unitario por producto de $85.627,66.

Cada 6 meses, en Enero y Julio de cada año debes evaluar tu facturación, superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres pagados de los ultimos 12 meses para ver si te corresponde subir de categoría, te mantenes en la misma o podes bajar. La nueva categoría tiene vigencia a partir del mes siguiente a realizada la recategorización.

Para poder realizar la inscripción solo se debe contar con CUIT y Clave Fiscal de AFIP.

En caso de no tener clave fiscal solo necesitas tener DNI vigente y un celular con cámara de fotos para poder solicitarla desde la app «Mi AFIP».

Ya con clave fiscal, Estudio Contable AK puede tramitarte el CUIT y realizar la inscripción en tu monotributo 100% On Line.

No, la facturación se realiza obligatoriamente de forma electrónica, la podes hacer de forma gratuita desde la página de AFIP o con la app oficial «Facturador Móvil». También existen variedad de softwares informáticos que te facilitan el proceso o te permiten hacer carga masiva o automatizada, ideal si tenes gran volúmen de operaciones.

Sí. El impuesto a los ingresos brutos es provincial y obligatorio. Solo algunas actividades estan exentas, como por ejemplo la venta de libros o los profesionales en algunas provincias.

La modalidad de inscripción y pago va a depender de la actividad realizada, la provincia de domicilio y de actividad.

Puede ser régimen general en el cual se liquidan declaraciones juradas mensuales o simplificado con un pago fijo mensual o bimestral.