Los anticipos de Ganancias son aquellos pagos a cuenta que se realizan en concepto de dicho impuesto y que, una vez realizada la liquidación de la declaración jurada anual correspondiente, se computarán para descontar los mencionados importes del impuesto a pagar.
Es posible que los importes determinados en los anticipos no se ajusten debidamente al saldo realmente a pagar en concepto de Impuesto a las Ganancias ya que el valor de los mismos se determina de forma automática en base a la ganancia neta declarada en el período anterior. Si los montos resultasen superiores al impuesto determinado, los contribuyentes podrán acceder a una reducción de los anticipos.
Por otro lado, es importante saber que AFIP exige el ingreso de diez anticipos anuales a las personas jurídicas y cinco para el caso de personas humanas y sucesiones indivisas.
¿Cómo se solicita la reducción de anticipos determinados?
- Deberás ingresar con CUIT y Clave Fiscal a la web de AFIP y luego dirigirte al servicio “Sistema de Cuentas Tributarias “.
- Luego, seleccioná la opción “Reducción de Anticipos” indicando, adicionalmente, el impuesto y período correspondiente y el monto con la reducción procedente.
- Una vez realizados los pasos anteriores, el sistema emitirá un acuse de recibo del trámite (Formulario 1154).
Por último, AFIP evaluará la solicitud y en caso de cumplir con todos los requisitos, comunicará la aprobación al Domicilio Fiscal Electrónico. Es probable que, en ciertas circunstancias, el Organismo solicite documentación adicional al contribuyente con el fin de proceder a una mejor evaluación.
A partir del mes de agosto 2022 la AFIP comunicó mediante la RG 5246 que se establecerán controles adicionales sobre las solicitudes de reducción de anticipos de contribuyentes que cumplan con ciertos parámetros: Cuando la base de cálculo de los anticipos sea superior a $50.000.000 y se solicite una reducción de los mismos mayor al 10%, tendrán que llevar a cabo un procedimiento diferente al resto de los contribuyentes. Los pasos a seguir en este caso son:
- Enviar la solicitud a través del servicio “Presentaciones Digitales”, seleccionar la opción “Solicitud de Reducción de Anticipos Impuesto a las Ganancias – Trámite Especial”.
- Luego, deberán informar el nuevo monto de la base para el cálculo de los anticipos y a qué período fiscal se aplica. Seguidamente, se procederá a adjuntar documentación respaldatoria que justifique la solicitud y el importe calculado.
El trámite deberá efectuarse dentro del plazo de 60 días antes del vencimiento del último anticipo.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Aquellos contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar alcanzado por el Impuesto a las Ganancias.
- Tener adherido domicilio fiscal electrónico.
- Tener CUIT activa y no contar con limitaciones por incumplimientos.
- No tener declaraciones juradas de Ganancias sin presentar.
- No haber presentado en un plazo de 45 días otra solicitud de reducción de anticipos de Ganancias del mismo período.
- En el caso de las personas jurídicas podrán solicitar la reducción a partir del quinto anticipo, en cambio, las personas físicas o sucesiones indivisas podrán hacerlo a partir del tercero. Sin embargo, si el contribuyente considera que la suma total de anticipos superará en más de un 40% al importe del impuesto al cual se imputan, podrá pedir la reducción a partir del primer anticipo.