El SIAPRE es un aplicativo creado y dispuesto por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán de uso obligatorio, a partir del período fiscal 2014, para todos aquellos contribuyentes que tengan actividad en la mencionada Provincia (por ejemplo si vende por Mercado Libre y esta inscripto en Convenio Multilateral en dicha provincia), es decir, realicen operaciones de ventas o de compras.

A través de este servicio se procederá a determinar el impuesto correspondiente a ingresar a esta jurisdicción en función de los ingresos obtenidos. De esta manera se dispuso realizar una declaración jurada (tanto mensual como anual) con idéntica información que la puesta a consideración en las declaraciones juradas de Convenio Multilateral.

¿Cómo presentar se presenta esta declaración?

En primer lugar, se debe descargar el aplicativo con la última versión vigente desde la página web de Rentas Tucumán (http://www.rentastucuman.gob.ar/nomina/rentastuc2/nwaplicativos.php) y luego seguir los pasos mencionados a continuación:

  1. Hacer clic en la opción “Carga de DDJJ”.
  2. Seleccionar la CUIT con la que se desea trabajar
  3. Elegir la opción de Formulario para Ingresos Brutos F.611/CM (para realizar las declaraciones juradas mensuales de contribuyentes incluidos dentro del Régimen de Convenio Multilateral).
  4. Indicar el período a liquidar y hacer clic en “Cargar/Modificar”.
  5. Luego indicar información relativa a: si posee coeficiente unificado o no, total de ingresos a nivel país, total de ingresos obtenidos en la Provincia de Tucumán (en caso de que se posea artículo 14 en el período), porcentaje aplicable a la actividad económica desarrollada, si posee retenciones, percepciones, retenciones bancarias, etc.
  6. Una vez finalizada la declaración jurada, se deberá generar el archivo correspondiente y luego subirlo a la plataforma de Rentas Tucumán para poder obtener el acuse de presentación.

Consecuencias de no presentar la declaración jurada informativa

En el caso de no presentar correctamente y a tiempo estas declaraciones juradas (cuyo vencimiento coincide con el determinado para las declaraciones de Convenio Multilateral) el Organismo Provincial se encuentra autorizado a aplicar las multas que se determinen y proceder a realizar los incrementos necesarios de las alícuotas de retención correspondientes.